Para: Rectores Instituciones educativas municipios no certificados del Departamento
Asunto: No autorización de programación en dominicales y festivos turnos celadores habituales
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Al encontrar en las programaciones de celaduría presentada por los señores rectores para la vigencia 2010 que persiste la programación de dominicales y festivos en forma habitual en las Instituciones Educativas con un único celador, es preciso aclarar que no se autoriza la labor permanente de un mismo celador la totalidad de dominicales y festivos al mes sino que estos deben limitarse a un máximo de dos (2) al mes.
Por lo anterior los proyectos en los que se programan en un mes más de dos (2) dominicales y más de dos (2) festivos a un mismo celador deben ser corregidos y no programar ni permitir labor que supere lo aquí indicado.
(Original con firmas) |
IRMALUCY ACUÑA SÁNCHEZ | RAQUEL YAMILE RÁTIVA GARCÍA |
Directora Administrativa | Profesional Universitario Oficina de nómina y novedades |